En los impuestos de consumo se dan dos tipos de impuestos: En primer lugar esta el impuesto Plurifásico, que es un gravamen que somete a tributación todas las
fases por las que cruza un bien en su proceso de producción y comercialización
hasta llegar al consumidor final. Estos
impuestos a su vez se clasifican
en:Impuesto
plurifásico en cascada o acumulativo, se da en todas las fases del ciclo
económico de un bien o servicio por el valor total de la transacción; y el impuesto
plurifásico no acumulativo, que grava todas las etapas o fases del bien o
servicio, pero sólo es realizado por el valor agregado o añadido en la
transacción. Seguidamente, el impuesto
Monofásico, gravan una sola parte del proceso del bien o servicio y se efectúan
sobre consumos especiales y eventos determinados, dependiendo de la
normatividad tributaria.
El IVA es un
impuesto plurifásico no acumulativo. La sigla IVA significa Impuesto sobre el
Valor Añadido, sin embargo en Latinoamérica también es llamado Impuesto sobre
el Valor Agregado.
El impuesto
sobre el valor agregado o añadido es un impuesto
indirecto, ya que no recae sobre los ingresos, sino sobre la producción y venta
de las empresas y la compra de dichos productos. Lo pagan los consumidores
finales que compran el producto una vez terminado. Por ejemplo, si realizamos compras por
$1.000, IVA $190 y ventas por $1.300,
IVA $247, solo se obliga al
responsable pagar al Estado $57 originados por el IVA.
Tras largos años de seguimiento a la práctica comercial de
fijación de precios, un docto industrial observo que se aleja del manejo teórico según el cual el IVA no constituye costo, y por lo tanto no debe hacer parte de la base para
fijar los precios de venta. Comparto plenamente esta idea.
En resumidas cuentas, un IVA
menor, sin cruces y con pago directo al Estado, generaría una menor inflación,
originando beneficios a la economía pública y privada.
Invito a los auditores a realizar
el ejercicio anterior con los siguientes
datos: Se produce un bien en $1.000, se vende al distribuidor con un IVA 8% y un valor agregado del 40%, Sin cruces
y se paga directamente al Estado. Salta a la vista que desarrollado el ejercicio
la inflación es del 15.35%, el consumidor final paga un
IVA de $813.92 más un impuesto
sobre impuesto –IVA+40%- de $153.54.
Normalmente este procedimiento equivocado ha llegado a adquirir fuerza jurídica. Algunos comerciantes avalados públicamente por agremiaciones prestigiosas, por su propia conveniencia, se aferran a lo que es una vieja costumbre comercial, sin analizar si es justa o legítima.
Normalmente este procedimiento equivocado ha llegado a adquirir fuerza jurídica. Algunos comerciantes avalados públicamente por agremiaciones prestigiosas, por su propia conveniencia, se aferran a lo que es una vieja costumbre comercial, sin analizar si es justa o legítima.
LA COSTUMBRE HACE LEY.
Hasta pronto.
"Liderazgo es influencia y no posición"
JOHN MAXWELL
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