La
administración tiene la responsabilidad
de implementar, instalar e inspeccionar un adecuado sistema de control interno.
Es normal que cualquier sistema de
control eficaz se deteriore con el paso del tiempo por no actualizarse periódicamente.
El sistema de control interno se debe supervisar continuamente para determinar
si las políticas implementadas están siendo explicadas y perfeccionadas adecuadamente.
Debe verificar si los cambios en las condiciones operacionales son obsoletas o hay procedimientos inadecuados o si se están
tomando medidas correctivas oportunamente cuando hay desviaciones en el sistema.
Si
bien, la responsabilidad de establecimiento y cumplimiento recae en la dirección al grado de que dichos
controles existan y se materialicen, siguen siendo un motivo de
incertidumbre para el auditor
externo. La función del control interno,
desde punto de vista del auditor externo
es proveer seguridad de que
errores e irregularidades puedan ser descubiertos en forma oportuna
probando así la confiabilidad de las operaciones. Además, la evaluación del
sistema de control interno ayuda al auditor externo a determinar otros
procedimientos de auditoria adecuados para emitir su opinión sobre la razonabilidad de los estados
financieros.
El
auditor fundamentalmente está interesado en obtener conocimiento de los
controles contables. No todos los controles relativos a la información
financiera son relevantes para la auditoría. El hecho de que un control,
considerado individualmente o en combinación con otros, sea o no relevante para
la auditoría es una cuestión de juicio profesional del auditor –NIA 310.
Al
alcanzar conocimiento de los controles relevantes para la auditoría, el auditor
evaluará el diseño de dichos controles y determinará si se han implementado,
mediante la aplicación de procedimientos adicionales a la indagación realizada
entre el personal de la entidad.
Este
tipo de conocimiento del entorno de control normalmente se obtiene valorando si
la dirección, bajo la supervisión de los responsables del gobierno de la
entidad, han establecido y mantenido una cultura de honestidad y de
comportamiento ético; y si los puntos fuertes de los elementos del entorno de
control proporcionan colectivamente una base adecuada para los demás
componentes del control interno y si estos otros componentes no están
menoscabados como consecuencia de deficiencias en el entorno de control.
En
relación con la utilización de trabajos
específicos de los auditores internos, la Norma Internacional de Auditoria NIA
-610- establece que el auditor evaluará y aplicará procedimientos de
auditoría para determinar si se ajustan a sus objetivos.
Para
determinar la adecuación de los trabajos específicos realizados por los
auditores internos a los fines del auditor externo, éste evaluará si: Los
trabajos fueron realizados por auditores internos con una formación y una competencia
técnicas adecuadas; los trabajos fueron adecuadamente supervisados, revisados y
documentados; se ha obtenido evidencia de auditoría adecuada que permita a los
auditores internos alcanzar conclusiones razonables; las conclusiones
alcanzadas son adecuadas a las circunstancias y, en su caso, los informes
preparados por los auditores internos son congruentes con los resultados de los
trabajos realizados; y cualquier excepción o cuestión inusual revelada por los
auditores internos se ha resuelto adecuadamente.
Cuando
sea posible, la revisión de control
interno puede ser conducida por el auditor como un ciclo separado de su examen,
preferible a una fecha intermedia, mediante la aplicación de procedimientos de
auditoria adecuados, dirigidos exclusivamente a la evaluación de la efectividad
del sistema del auditado. Cuando esto no sea posible, la revisión será
prácticamente hecha en unión con otras fases del programa de auditoria. El auditor
debe dejar evidencia de esa revisión en
los papeles de trabajo. Originado de este examen, el auditor externo deja en el
informe gerencial recomendaciones constructivas para el mejoramiento del control interno.
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