Los
contratos de construcción implican un
largo proceso de producción que normalmente comprende varios periodos
contables. El principal problema que se presenta al contabilizar estos contratos es el prorrateo
de los ingresos de actividades ordinarias y los costos que cada uno de ellos
genera en los diferentes periodos contables de ejecución.
Un
contrato de construcción es una transacción negociada, para la fabricación de
un activo o un conjunto de activos, que están intrínsecamente relacionados
entre sí o son interdependientes por su diseño, tecnología o función. La NIC 11 Contratos
de Construcción establece el tratamiento
contable de los ingresos de actividades ordinarias y los costos relacionados
con los contratos de construcción. El auditor debe tener en cuenta que esta
norma no aplica solamente para tareas de construcción en el sentido estricto de
construcción de obras civiles, es decir, edificios; también aplica para la construcción de activos completos como
de componentes que se van usar en el activo más grande, es decir, a la medida del interesado, esto es, por
ejemplo la construcción de componentes de un cohete, que se esté diseñado
solamente para un cliente.
La
NIC 11 requiere que los ingresos y
gastos del contrato se reconozcan de acuerdo con el porcentaje de realización
del contrato, esto es, comparar los ingresos ordinarios originados del contrato
con los costos del mismo incurridos en la consecución del estado de ejecución
en que se encuentre, obteniendo de esta forma el valor de los ingresos
ordinarios, los costos y gastos y los resultados que puedan ser asignados a la
parte de contrato ejecutado. Por ejemplo si se programa una construcción a 2
años, el valor del contrato total es de 2.000 y el costo estimado del
contratista es de 1.500, costos incurridos en el primer año 600, el segundo
900. Para el primer año el grado de avance de obra es del 40%, reconociendo
como ingresos 800, costos 600, utilidad 200; para el segundo el grado de avance
es del 100%, reconociendo como ingresos 1200, costos 900 y una utilidad de 300.
La
norma no especifica con carácter obligatorio la utilización de un método para
determinar el grado de porcentaje de realización. La empresa puede utilizar el
que más considere adecuado, es decir, utilizar un método basado en insumos,
producto o naturaleza del contrato, esto
es, -inspección del trabajo realizado, determinación de un porcentaje físico
del contrato total o porcentaje de costos del contrato incurridos en relación
al total de costos del contrato estimado-.
El
auditor debe tener en cuenta que la
facturación no es una valoración adecuada para el reconocimiento de ingresos
ordinarios, ya que dicho reconocimiento de ingresos ordinarios obliga a mostrar
el porcentaje real de realización, mientras que la facturación no refleja la
situación real del trabajo.
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