La NIC 19 define el tratamiento contable y la información financiera a revelar de las diferentes formas de retribución que la entidad puede dar a sus empleados por los servicios recibidos; salvo aquellas que se aplica la NIIF 2 pagos basados en acciones, la NIC 26 Contabilización e información financiera sobre planes de prestaciones por jubilación y la CINIIF 14 aplicable a todos los planes de prestaciones post-empleo y otros planes de prestaciones definidas a largo plazo.
Las retribuciones a los
empleados comprenden todos los tipos de contraprestación que la empresa
proporciona a los trabajadores a cambio de sus servicios, e incluyen las dadas
a los empleados actuales, es decir, a corto plazo: Monetario.-Sueldos y
salarios, cotizaciones a seguridad social, permisos remunerados por salud y
participación en ganancias e incentivos-, a largo plazo- no monetarios como
atenciones médicas, utilización de casas y carros, entrega de bienes y
servicios gratis o parcialmente subvencionados-. Por otro lado, aplica también
para empleados retirados-retribuciones
post-empleo- como planes y aportaciones definidas con la obligación de
entregar una cantidad a un fondo y planes beneficios definidas obligadas a de
realizar unas prestaciones.
La NIC 19 no define el
término empleado. Con arreglo a la NIC
19, los empleados pueden prestar
servicios de tiempo completo, a tiempo parcial, de forma permanente, ocasional
o temporal, y los empleados incluyen a administradores y otro personal ligado a
la gerencia. Debe tener en cuenta el auditor que la norma no aplica para retribuciones proporcionadas a agentes en una
relación entre obligado principal y agente, por ejemplo, una empresa contrata a agentes para vender sus
bienes y servicios. Los agentes son
compensados por las ventas realizadas al recibir pagos de comisiones.
Igualmente los agentes contratados por la entidad durante un periodo
especificado en el contrato. Las retribuciones proporcionadas a los agentes en
este tipo de relación entre obligado principal y agente esta fuera del alcance
de la NIC 19 porque los agentes no son empleados.
De otra parte, el auditor debe
entender: 1.- Que las prestaciones post-empleo son remuneraciones a los
empleados que se pagan tras la terminación de su periodo de empleo-antes o
durante el retiro; 2.- Las retribuciones a los empleados a corto plazo son
remuneraciones a los empleados cuyo pago ha de ser liquidado en el término un
año después del cierre del ejercicio en el que se hayan prestado los servicios;
3.- Los pasivos por retribuciones a los empleados se reconocen a partir de la
existencia de una obligación legal o implícita; 4.- Los pasivos y gastos por
retribuciones a los empleados generalmente se reconocen en el ejercicio en el
que se prestan los servicios; 5.- El costo de proporcionar retribuciones a los
empleados se contabiliza como gasto a menos que otras NIIF permitan o exijan
capitalización, por ejemplo la NIC 2 o la NIC 16; 6.- Un plan de aportaciones definidas es un plan
de prestaciones post-empleo según el cual el empleador paga las aportaciones
fijas a una entidad independiente sin tener más obligaciones. Todos los demás
planes post-empleo son planes de prestaciones definidas; 7.-Las ganancias y
pérdidas actuariales procedentes de planes de prestaciones definidas pueden reconocerse en resultados o inmediatamente en
otro resultado global. Los importes reconocidos en otro resultado global no se
reclasifican en resultados; 8.- Los gastos por prestaciones a los empleados se
devengan a lo largo del periodo de servicio; 9.- Los costos derivados de la
finalización de la relación de trabajo se reconocen hasta que la finalización
de la relación de trabajo se ha comunicado a los empleados afectados; 10.-
Dentro de otros beneficios a largo plazo se incluyen: ausencias remuneradas,
premios de antigüedad, beneficios por invalidez, participación en ganancias e
incentivos y beneficios diferidos. Su medición y reconocimiento es por el valor
presente de las obligaciones menos el valor razonable de los activos del plan 11.-los beneficios
por terminación solo se deben reconocer
el pasivo y el gasto solo si hay compromiso de revocar el vinculo con el
empleado antes de la fecha normal de retiro, hay compromiso de pagar beneficio
por terminación como incentivo por retiro voluntario de los empleados por un
plan formal para ello, si el pago se hará después de los doce meses al cierre
se debe descontar.
En resumidas cuentas, la
norma internacional contempla multiplicidad
de retribuciones a los empleados
catalogándolas en función de si se trata de remuneraciones a empleados en
activo o prestaciones post-empleo y si se clasifican a corto o largo plazo. Dentro de las
prestaciones post-empleo, tienen notabilidad los planes de pensiones, por lo
que la norma suministra todos los detalles necesarios para su contabilización
tanto de los planes de aportaciones definidas como los de las prestaciones
definidas en fondos internos y externos.
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